Han pasado 12 días hábiles desde que la Asamblea Nacional de El Salvador aprobó el proyecto de Ley de Emisión de Activos Digitales, pero hasta ahora el documento no se ha publicado en el Diario Oficial de la Nación, con lo cual no queda claro cuándo entrará en vigor.
Por: CriptoNoticias
Según el artículo 140 de la Constitución de la República de El Salvador, «para que una ley de carácter permanente sea obligatoria deberán transcurrir, por lo menos, ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. Sin embargo, la Ley de Emisión de Activos Digitales sigue pendiente de impresión en el medio del Estado», tal como se señala en la web de la Asamblea Nacional.
El proceso de promulgación de leyes contemplado en la constitución establece que luego de la aprobación de la Asamblea, esta tiene 10 días para enviar el decreto respectivo al órgano Ejecutivo. Una vez allí, el presidente tiene 8 días hábiles para sancionarlo, vetarlo o devolverlo con observaciones.
No obstante, desde la aprobación de la Ley de Emisión de Activos Digitales hasta ahora no está claro en qué parte del proceso se encuentra, ni cuándo estará lista para su aplicación.
La Carta Magna también establece que, si el presidente guarda silencio con respecto a la Ley una vez que se cumplan el plazo, entonces se entenderá como sancionada y se autorizará la publicación del documento en el Diario Oficial.
En todo caso, hay un retraso en la publicación de decretos en la gaceta oficial, tal como lo exponen los medios locales, los cuales señalan que otras cinco leyes aprobadas esperan por su publicación en el Diario Oficial, aun cuando los plazos establecidos ya se han excedido.
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