Dentro del marco de la Operación Anticorrupción, el Ejecutivo promulgó una ley de 48 artículos, la Ley Orgánica de Extinción de Dominio.
Rosnell Carrasco, abogado, profesor y socio de la firma de abogados Iribarren Carrasco, advirtió que esta normativa tiene algunas deficiencias que ponen en riesgo los derechos de las personas, especialmente el derecho a la propiedad y al debido proceso.
Por Mundo UR
Explicó que un valor fundamental del Estado de Derecho es el principio de la legalidad en toda materia penal, asegurando que para determinar que una actividad es ilícita, debe haber una sentencia penal, si se desconectan, se altera el debido proceso.
“Con esta ley primero se tiene la sentencia que confisca los bienes y luego la sentencia sobre el proceso penal, cosa que es incongruente con la ley” añadió.
La ley establece que “los bienes declarados en extinción de dominio podrán ser enajenados por el Ejecutivo o conservados en su patrimonio para destinarlos a actividades administrativas”
Carrasco destacó que en otras ocasiones, estos bienes inmuebles se han destinado al funcionamiento de las instituciones bancarias o del Estado.