ONG expone situación de DDHH de personas Lgbtiq+ privadas de libertad en Venezuela

ONG expone situación de DDHH de personas Lgbtiq+ privadas de libertad en Venezuela

Vista de la cárcel de Uribana en el estado Lara en Venezuela, el 26 de enero de 2013.

 

Las personas LGBTIQ+ privadas de libertad en Venezuela enfrentan discriminación por su orientación sexual y otras violaciones a sus derechos fundamentales, expuso el viernes el Observatorio Venezolano de Prisiones (OVP), durante el 187 período de sesiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

Por Carolina Alcalde /vozdeamerica.com





Carolina Girón, coordinadora del OVP, explicó que, en general, la población privada de libertad padece “los estragos de un sistema penitenciario en ruinas, producto de un abandono sostenido y una crisis estructural fortalecida en el tiempo”, por los elevados índices de hacinamiento, retardo procesal, violencia intracarcelaria, fortalecimiento de bandas delictivas y la “falta absoluta” de atención médica, medicamentos y alimentos.

Para el 2019, alrededor de 191 personas LGBTIQ+ se encontraban privadas de libertad, según un trabajo periodístico citado por Girón.

“No existe data oficial pública que dé cuenta de la cantidad de personas privadas de libertad con disgregación de grupos diferenciados. Entre las causas podemos incluir la falta de control de los centros carcelarios de parte del Ejecutivo nacional, el 48% de las cárceles están bajo el control de presos”, aseguró la abogada y defensora de derechos fundamentales.

De acuerdo a estimaciones del OVP, ONG que, desde el 2002 vela por el debido respeto a los derechos humanos de las personas privadas de libertad en el país, la población reclusa en 2022 fue de 33.558 personas con una capacidad real instalada en 20.438 plazas, repartidas en cuarenta centros carcelarios y denuncia un “hacinamiento en riesgo crítico” de 164,19%.

Según Girón, el “temor fundado a ser objeto de violencia” ha llevado a las personas LGBTIQ+ a ocultar su orientación de género, lo que insistió “ha promovido la invisibilización, discriminación y afectación a su salud física y mental”.

Además, precisó que el Código Orgánico Penitenciario que rige el sistema penitenciario en el país no contiene ninguna disposición que haga alusión a las personas LGBTIQ+, que son detenidas en centros de acuerdo al género de nacimiento.

La activista de derechos fundamentales, Gabriela Buada, insistió ante la CIDH que las personas LGBTIQ+ sufren los estragos de “condiciones hostiles” y violaciones “sistemáticas día a día”, lo que los vuelve más propensos a enfrentar problemas de salud, depresión y desordenes alimenticios.

Karen Valera, activista de DDHH, resaltó que la violencia intracarcelaria ha sido evidenciada mediante la posesión de armas de guerra por parte de “pranes” (líderes negativos), que “determinan discrecionalmente las reglas dentro de las cárceles”.

“Presentan un comportamiento homofóbico y transfóbico, de esta manera las personas LGBTIQ+ son víctimas de violencia física y verbal por parte de los líderes negativos, quienes los obligan a realizar servicios de limpieza, los aíslan en las peores celdas y les exigen cuotas monetarias para acceder a la alimentación y las visitas”, detalló Valera.

Además, resaltó que los funcionarios utilizan sobrenombres “denigrantes y despectivos” para referirse a las personas LGBTIQ+ y utilizan el aislamiento prolongado de manera “desproporcionada, como forma de castigo ante la orientación sexual e identidad de género”.

Alimentación y atención médica

Buada expuso ante la CIDH que el Estado no cumple con sus obligaciones para garantizar el derecho a la alimentación de la población reclusa y no proporciona los requerimientos calóricos establecidos por la Organización Mundial de la Salud (OMS).

“Dependen de manera directa de sus familiares. En este aspecto, se ve un impacto diferenciado que sufren las personas LGBTIQ+, ya que sus requerimientos varían si presentan alguna condición de salud”, insistió.

Además, denunció que “no siempre tienen comunicación con sus familiares debido al rechazo a su orientación sexual, expresión e identidad de género”, lo que los deja en mayor situación de vulnerabilidad.

Buada reiteró que la desnutrición y la tuberculosis son las principales causas de muertes en las cárceles venezolanas.

“El propio abandono de sus seres queridos por razones de estigma y rechazo imposibilita recibir un mínimo de atención médica o acceso a los medicamentos. Las personas LGBTIQ+ con VIH son discriminadas y marginadas por otras personas privadas por libertad, e incluso por funcionarios que las etiquetan como sidosas”, alertó ante la CIDH.

Respecto al derecho a la salud sexual de las personas LGBTIQ+, Buada subrayó que está “coartado” ante la imposibilidad de que reciban visitas conyugales.

“Dentro de las cárceles no se cuenta con acceso a preservativo, toallas sanitarias, copas menstruales y los implementos de higiene genial, lo que los expone en mayor medida a infecciones (…) para las personas trans detenidas en medio de un proceso hormonal, resulta prácticamente imposible continuar con el mismo”, dijo.

El OVP pidió a la CIDH instar al gobierno de Nicolás Maduro cumplir los estándares internacionales en materia penitenciaria para garantizar las condiciones “dignas y respetuosas de los DDHH” y que asuma la posición de garante de los reclusos, toda vez que están bajo custodia del Estado.

En varias ocasiones, desde su nombramiento en febrero, la nueva ministra para el Servicio Penitenciario, Celsa Bautista, ha manifestado en redes sociales el “compromiso en la humanización de los privados y privadas de libertad”.

Las activistas reiteraron que el Estado venezolano no ha promulgado leyes que reconozca derechos como la identidad de género y el matrimonio igualitario, aún cuando la Constitución establece los principios de “igualdad” y “no discriminación”.

En varias ocasiones, activistas de la comunidad LGBTIQ+ han exigido al Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) respuesta a varias acciones interpuestas y admitidas desde el 2015 que buscan lograr el matrimonio igualitario y el reconocimiento de la identidad de género.

El artículo 44 del Código Civil venezolano establece que “el matrimonio no puede establecerse sino entre un solo hombre y una sola mujer”, por lo que exigen su nulidad por considerarlo inconstitucional.