Corte Constitucional de Colombia advirtió que universidades no pueden negarle el acceso a migrantes venezolanos

Corte Constitucional de Colombia advirtió que universidades no pueden negarle el acceso a migrantes venezolanos

La Corte Constitucional dio a conocer el fallo. | Foto: Rama Judicial

 

La Corte Constitucional de Colombia advirtió que las universidades en no pueden negarle el acceso a los migrantes venezolanos que quieran acceder a la educación superior.

Por Semana





El pronunciamiento del Alto Tribunal se da luego de revisar la acción de tutela que presentó la joven venezolana Adlit Llamoza contra la Universidad de Nariño, debido a que esta institución anuló su inscripción para ingresar a un programa de pregrado, argumentando que el reglamento interno no admitía el Permiso por Protección Temporal (PPT), con el cual aspiró a un cupo especial para extranjeros, como documento válido para matricularse.

Cabe recordar que el Permiso por Protección Temporal es un mecanismo de regularización migratoria reconocido por el Gobierno nacional, que autoriza a los migrantes venezolanos a permanecer en Colombia, de manera transitoria y en condiciones de regularidad migratoria especial, con el fin de que puedan acceder a la oferta institucional pública y privada en el país cafetero.

La Corte Constitucional, con ponencia del magistrado Juan Carlos Cortés González, analizó el caso y recordó que el derecho a la educación supone, entre otros aspectos, la posibilidad de acceder al sistema educativo en condiciones de igualdad.

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