La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y su Relatoría Especial para la Libertad de Expresión (RELE) rechazan decisiones recientes del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela que atentan contra la libertad de asociación. Hacen un llamado a proteger el espacio cívico y garantizar la participación en asuntos de interés público sin ningún tipo de discriminación.
El 4 de agosto, mediante la sentencia No. 1.057, el TSJ destituyó al Comité Directivo Nacional de la Cruz Roja Venezolana y designó una “Junta Reestructuradora Ad Hoc” con competencias para reorganizarla. Esta decisión sería contraria a lo establecido en los estatutos internos de la organización respecto de su gobernanza y otorgaría competencias contrarias al pacto de constitución. De la misma manera, el pasado 11 de agosto, el TSJ dio a conocer la sentencia No. 1.160, a través de la cual designó arbitrariamente una Junta Directiva Ad Hoc para la organización política Partido Comunista de Venezuela (PCV), disidente de la coalición de gobierno y opositor a varias iniciativas legislativas.
Las juntas directivas de ambas asociaciones tienen poder de decisión respecto del funcionamiento y la dirección de las respectivas entidades. Por lo que es vital que los procesos internos para la designación de sus autoridades sean autónomos e independientes. Resulta especialmente preocupante que el TSJ haya proferido decisiones incidiendo en un partido político disidente de la coalición de gobierno y de una organización de la sociedad civil cuya misión es fortalecer la ayuda humanitaria.
La CIDH y su RELE observan que ese tipo de decisiones contrarias a la libertad de asociación no son nuevas en el país. En junio de 2020 el mismo tribunal designó arbitrariamente las juntas directivas de los partidos políticos opositores Acción Democrática y Movimiento Primero Justicia.
Estas decisiones judiciales, de carácter arbitrario, no solo afectan la libertad asociación y la participación política libre de discriminación, sino que profundizan la desconfianza en el sistema electoral; y, lo que es más preocupante, crean nuevos obstáculos para superar la crisis institucional en un país caracterizado por la ausencia del Estado de Derecho.
La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión es una oficina creada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), a fin de estimular la defensa hemisférica del derecho a la libertad de pensamiento y expresión, considerando su papel fundamental en la consolidación y el desarrollo del sistema democrático. La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
Nota de OEA