Luciano Lupini Bianchi, Rafael Badell Madrid, Cecilia Sosa, Jesús María Casal y Belén Ramírez Landaeta se encargaron de destacar los valores intelectuales, institucionales, universitarios y humanos, así como los aportes de las líneas jurisprudenciales de Josefina Calcaño de Temeltas. El Boletín número 172 de Acienpol fue dedicado a su memoria; y Funeda está por publicar un libro en el cual se examinan sus líneas jurisprudenciales.
Josefina Calcaño de Temeltas dejó su impronta en la doctrina, en la cátedra universitaria y en la jurisprudencia. Tuvo, pues, influencia completa sobre el derecho venezolano, porque en la época de la democracia, la magistratura contó con juristas que dejaron obra relevante en los espacios en los que ejercieron sus responsabilidades.
Los doctrinarios de derecho administrativo reconocen sin vacilar los aportes jurisprudenciales de las decisiones dictadas bajo ponencias de Calcaño de Temeltas. La naturaleza jurídica de los documentos administrativos, el silencio administrativo, la distinción entre justicia constitucional y justicia administrativa, los métodos de interpretación de la norma tributaria, la definición de los actos de gobierno, entre otros, son contribuciones significativas en la evolución del derecho administrativo venezolano.
La predictibilidad, consistencia y coherencia eran características de las sentencias de Josefina Calcaño de Temeltas. En sus decisiones se advertía un proceso de consolidación de la jurisprudencia. No había contradicción entre una decisión y otra. De esa manera, se respetaba el principio de la confianza legítima y la seguridad jurídica. Cuando no es así, la jurisprudencia como fuente del derecho pasa a ser letra muerta.
En lo que atañe a la doctrina, la homenajeada también dejó un legado relevante. Escribió más de veinte libros y numerosos artículos de investigación. Entre ellos, vale la pena destacar aquí un trabajo titulado “La legitimidad del juez” (Boletín de la Academia de Ciencias Políticas y Sociales, N.º 172, pp. 62-162). El magistrado para ser legítimo –afirmaba– debe cumplir con algunos requisitos subjetivos y objetivos; entre ellos, su idoneidad ética e intelectual, así como su imparcialidad e independencia en el ejercicio de sus funciones, como lo ordena el artículo 256 de la Constitución. Un magistrado que no cumple con estos requisitos carece de legitimidad, lo que afecta la autoridad y credibilidad de sus decisiones. Se trata, en estos casos, de una magistratura de hecho y no de derecho.
Por otra parte, se requiere que el juez idóneo ingrese al Poder Judicial por concurso de oposición, tal como lo señala el artículo 255 de la Constitución. Esto está reñido con la figura del juez provisorio, que es una manera de mantener el control de los jueces. Asimismo, la figura del juez provisorio afecta el derecho a ser juzgado por el juez natural. Por si fuera poco, la designación de jueces por su vinculación política con quien los designa afecta el principio de imparcialidad e independencia que debe caracterizar al Poder Judicial. No cumplir con estos presupuestas es lo que lanza al sistema de justicia venezolano al último lugar de los índices internacionales de medición del Estado de derecho.
Otra característica de las sentencias de Josefina Calcaño de Temeltas es la claridad del lenguaje y la consistencia de los argumentos utilizados; el juego equilibrado entre la abstracción y la concreción en la compleja faena de amoldar los hechos a los supuestos abstractos del derecho. La ilustre magistrada lo hacía con maestría. Así construía los conceptos, siempre apoyada en razones expresadas con precisión. Sus sentencias pueden ser entendidas por todos, que es lo que se desea en el lenguaje judicial.
Calcaño de Temeltas era poeta por vocación y escribió “algunos primorosos frutos para su propia satisfacción y para deleite de sus más íntimos amigos”, tal como lo señala el doctor René De Sola al momento de dar contestación al discurso de incorporación de la recipiendaria. Esas habilidades literarias las heredó de su padre, Antonio Simón Calcaño, quien fue un excelente escritor, poeta y periodista venezolano, tal como lo afirmó Mariano Picón Salas. Es que para escribir bien hay que tener afición por la buena literatura, lo que evidencia, una vez más, que la cultura humanística es un aliado insustituible de la claridad del lenguaje jurídico.
Josefina Calcaño de Temeltas fue elegida magistrada de la Sala Político-Administrativa de la Corte Suprema de Justicia bajo el manto inspirador del Pacto de Puntofijo. Este acuerdo fue respetado, aún más allá de la salida de URD del gobierno de Rómulo Betancourt, y permitió que los magistrados fuesen seleccionados sobre la base del consenso y de sus méritos éticos e intelectuales. Cuando se radicaliza el método del reparto entre partidos, se inicia poco a poco el deterioro del sistema judicial. Pero el quiebre definitivo se produce cuando la clase política deja de cumplir lo pactado y se separa del debate ideológico y de los compromisos asumidos. Se sustituye la figura del estadista por el hombre de la maquinaria, el pragmático que buscaba el control institucional para alimentar el populismo. La consecuencia de ello fue el derrumbe de las bases de la democracia nacida en 1958. Ya no se eligen juristas – como Josefina Calcaño de Temeltas– sino jueces cuyo mérito fundamental es ser ficha del jefe político que lo designa. Así se generó la crisis del Poder Judicial, la cual se ha agravado en los últimos años.
Honrar la memoria de Josefina Calcaño de Temeltas nos coloca ante el perfil de lo que es la majestad de la magistratura. Es una manera de reconocer los más elevados valores judiciales y republicanos. De ahí la significación del acto celebrado en la Academia de Ciencias Políticas y Sociales, para recordar su obra y proyectar su dignidad.
Que su ejemplo de probidad y excelencia sirva de modelo para las nuevas generaciones de abogados y de acicate para recuperar la esperanza.