El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) bajo sentencia SPA-TSJ 02-05-2024 (caso Surnet Telecom y Superbodegón express) estableció varios fallos los cuales establecen que “el cobro oportuno de la tarifa es vital para el sostenimiento del servicio de aseo”, el cual es prestado en el municipio Caroní por una empresa privada.
Pableysa Ostos / Corresponsalía lapatilla.com
De igual forma establecieron que la municipalidad (Caroní) al sur del país, puede bloquear a los contribuyentes morosos en el pago de la recolección de desechos sólidos. El documento también establece que “la Armonización Tributaria y la LOCAPTEM afectó solo a exacciones de naturaleza tributaria. Las tarifas de aseo son un precio, no una tasa”.
Y por último “las tarifas de aseo no tienen carácter tributario cuando la presta un concesionario”.
La sentencia del caso Surnet Telecom, fue emitida por la sala Político Administrativa, y la del bodegón por la Sala Constitucional del TSJ, y concluyen así las demandas tramitadas contra la alcaldía del municipio Caroní en relación a este tema.
Fuentes ligadas al caso destacaron que las recientes sentencias esclarecen las relaciones comerciales entre la empresa privada que presta el servicio de recolección de desechos sólidos y los usuarios.