Fiscalía española recurre la negativa del juez de aplicar la amnistía a Puigdemont

Fiscalía española recurre la negativa del juez de aplicar la amnistía a Puigdemont

El ex presidente catalán Carles Puigdemont asiste a una conferencia de prensa en Bruselas, Bélgica, después de que la Corte Suprema de España condenó a nueve líderes separatistas de Cataluña, el 14 de octubre de 2019. REUTERS / Francois Lenoir

 

La Fiscalía española recurrió la negativa del Tribunal Supremo de aplicar la amnistía al expresidente independentista catalán Carles Puigdemont, al considerar que no hubo ánimo de enriquecerse personalmente ni daño a los intereses financieros de la Unión Europea, dos excepciones que marca la ley para no perdonar la malversación.

En su recurso, al que tuvo acceso EFE, el Ministerio Público señala que “discrepa” con la decisión del juez que lleva el caso en el Tribunal Supremo, Pablo Llarena, porque “no es ajustada a Derecho”.

El pasado 1 de julio, Llarena rechazó amnistiar a Puigdemont y a dos antiguos miembros de su gobierno por malversación de fondos públicos porque según el magistrado, entra en las excepciones de la ley de amnistía, que el Parlamento español aprobó el 30 de mayo pasado para los implicados en el proceso secesionista catalán.

El juez consideró que Puigdemont y dos de sus colaboradores obtuvieron un beneficio personal al sufragar un referéndum de ‘autodeterminación’, organizado el 1 de octubre de 2017, con los fondos de la administración pública catalana, no con su patrimonio personal, y eso afectó “potencialmente” a los intereses financieros de la Unión Europea (UE).

Pero “el Ministerio Fiscal discrepa de la interpretación sostenida” por el juez y consideran que la amnistía “es aplicable a los hechos que son objeto de investigación”, afirman en su escrito.

Los fiscales explican que si los procesados debieron sufragar los gastos con su fortuna personal, según lo expuesto por el juez, entonces “no existiría el delito de malversación por el que están encausados, por el que otras personas han resultado condenadas y no se estaría hablando de la posible amnistía de tales delitos”, añaden.

El delito de malversación de aplica a la conducta irregular en la administración de bienes públicos en perjuicio del patrimonio y del interés general.

Por tanto, “si es clara la voluntad del legislador y la norma que la desarrolla admite una interpretación absolutamente consecuente y coherente con dicha decisión, no cabe otra opción que la aplicación de la amnistía”, afirman.

Tampoco comparten los argumentos del magistrado acerca de que los intereses financieros de la UE se hubieran visto afectados.

“No solo no hay constancia alguna de que el capital gastado en la realización del referéndum procediera, en todo o en parte, de fondos europeos, tampoco es posible admitir que los gastos requeridos para materializar la votación (…) tuvieran virtualidad lesiva alguna para los intereses financieros de la UE”, explican.

Al negarse el juez LLarena a amnistiar a Puigdemont mantiene vigente su orden de detención cuando venga a España, ya que se encuentra huido de la Justicia desde el fracasado proceso independentista de 2017.

Puigdemont fue elegido diputado en las pasadas elecciones regionales catalanas del 12 de mayo como cabeza de lista del partido independentista JuntsxCat y mantiene su intención de volver a España para ser candidato a la investidura como presidente del Gobierno regional, frente al socialista Salvador Illa, ganador de esos comicios. EFE

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