La orden actual en la frontera sur de Estados Unidos es “expulsión expedita”. Así es como el Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) se refiere a la salida en el menor tiempo posible de inmigrantes irregulares del territorio nacional, y responde a las medidas ejecutivas tomadas por la Administración Biden el pasado 4 de junio para cerrar la frontera cuando los cruces diarios superen los 2.500 (que es lo que ocurre desde hace tres años) y restringir el derecho al asilo que tenía todo inmigrante al llegar a la frontera. Como consecuencia, junio fue el mes con el menor número de detenciones desde la llegada de Biden a la Casa Blanca. Los agentes de la Patrulla Fronteriza detuvieron a 84.000 inmigrantes, un 30% menos que en mayo, cuando los arrestos alcanzaron los 117.000. En medio de este contexto, solo los inmigrantes que manifiesten miedo creíble de regresar a su país —y lo prueben en una entrevista—, podrán suspender de forma temporal su deportación y permanecer en Estados Unidos, mas no conseguirán el asilo hasta que la restricción se levante.
Por El País
La demostración de miedo creíble se ha convertido en un asunto fundamental para miles de inmigrantes, pero el principal inconveniente con el que muchos se enfrentan es la falta de evidencias para demostrar su caso. Las autoridades tomarán una decisión basada en las leyes nacionales e internacionales sobre el asilo y la Convención Contra la Tortura (CAT), y la sola argumentación de temor a ser “perseguido” o “torturado” no es suficiente. Tampoco se consigue un amparo de deportación si se fue víctima de extorsión en la ruta a Estados Unidos, o si alguien pretende quedarse solo “para trabajar y ayudar a su familia”.
La única excepción del decreto aplica a niños que viajan sin sus padres, víctimas de la trata de personas y casos con emergencias médicas. Los inmigrantes que llegan a la frontera con una cita con la aplicación CBP One también podrán continuar con su solicitud de asilo.
Qué es miedo creíble de persecución o tortura
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés) establece que un temor creíble de persecución es una “posibilidad significativa” de que el solicitante será perseguido si es devuelto a su país “por motivos de raza, religión, nacionalidad, membresía a grupo social particular (se toman en cuenta casos de discriminación por orientación sexual o discapacidad) u opinión política”. En el segundo caso, la institución determina que un miedo creíble de tortura es una “posibilidad significativa” de que el inmigrante será torturado si es deportado. Este es el primer paso para avanzar con un proceso de asilo.
La entrevista para probar el miedo creíble
El agente hará un interrogatorio sobre los motivos por los cuales el inmigrante solicita asilo. Algunas de las preguntas, serán: quién lo persiguió o torturó en su país, quién le hizo daño o quién podría hacerle daño si regresa. Si el agresor se trata de un funcionario del Gobierno del país de origen del migrante, un agente policial o un individuo vinculado con el poder local, el agente pedirá que se detallen los hechos en los que fue perseguido, torturado, se le hizo algún daño o las razones que lo exponen al riesgo de ser agredido si es devuelto.
Si al terminar el relato convence al funcionario de inmigración, este determinará que la persona en cuestión no será deportada y recibirá el estatus withholding of removal (retención de expulsión), lo cual no supone una vía para obtener asilo dada las restricciones actuales. El beneficio que recibirá el solicitante será suspender su deportación a la espera del dictamen de un juez de inmigración que decidirá su situación. La Administración Biden argumentó que estas restricciones beneficiarán a quienes tienen reclamos legítimos de protección y se ven obstaculizadas por aquellos que no los tienen y congestionan el sistema.
Cuáles son las causales de asilo en Estados Unidos
Los motivos que justifican una solicitud de asilo en Estados Unidos son la persecución por religión, raza, nacionalidad, opinión política, membresía a un grupo social, pero no son los únicos motivos a tomar en cuenta. También se considera el estado en el que se encuentra el solicitante al momento de la petición y cómo se encontraba antes de abandonar su país. Por otro lado, se evalúa si el Gobierno estuvo involucrado en la persecución, tortura o daño que lo llevo a pedir asilo, o su falta de actuación y protección en el caso.
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