Fundación Arcadia pidió recusación del fiscal de la CPI en el caso Venezuela I por conflicto de intereses

Fundación Arcadia pidió recusación del fiscal de la CPI en el caso Venezuela I por conflicto de intereses

Karim Khan- Foto Cortesía
Karim Khan- Foto Cortesía

 

Washington D.C., 8 de septiembre de 2024 – La Fundación Arcadia, ha presentado el día de hoy una solicitud formal ante la Corte Penal Internacional (CPI) para la recusación inmediata del Fiscal Karim Asad Ahmad Khan en el caso El Fiscal vs. Nicolás Maduro Moros (Venezuela I), firmada por Robert Carmona-Borjas, CEO y cofundador, y José Vicente Carrasquero A., Director de Estrategias de Resolución de Conflictos. La petición argumenta un conflicto de interés grave que compromete la imparcialidad del Fiscal y pone en riesgo la integridad del proceso judicial, con implicaciones profundas para la credibilidad de la CPI.

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La Fundación Arcadia y su trayectoria

La Fundación Arcadia, creada en Venezuela en 2001 y con sede internacional en Washington D.C. desde 2007, ha sido un baluarte en la defensa de los derechos humanos y la lucha contra la corrupción a nivel mundial. Con un enfoque marcado en la justicia, transparencia y rendición de cuentas, la Fundación Arcadia ha colaborado con múltiples organismos internacionales en la promoción de estándares éticos, tanto en gobiernos como en organizaciones civiles y cuerpos judiciales. La Fundación ha destacado su compromiso de garantizar que todas las entidades, tanto públicas como privadas, se adhieran a los más altos principios de imparcialidad y transparencia, particularmente en casos de crímenes contra la humanidad como el que se juzga en Venezuela I.

La solicitud de recusación y sus fundamentos

La solicitud de recusación presentada se basa en el conflicto de intereses derivado de la relación familiar entre el Fiscal Karim Khan y Venkateswari Alagendra, abogada defensora de Nicolás Maduro en este mismo caso. Este vínculo fue revelado recientemente por fuentes de alta credibilidad, como The Washington Post, y ha generado preocupaciones significativas sobre la imparcialidad requerida en las funciones del Fiscal, según lo estipulado en el Estatuto de Roma, el documento rector de la CPI.

De acuerdo con la Fundación Arcadia, la relación familiar entre el Fiscal Khan y la abogada defensora Alagendra vulnera la independencia e imparcialidad requeridas por la CPI, particularmente en un caso tan delicado como el que involucra a Nicolás Maduro, acusado de crímenes contra la humanidad. La solicitud sostiene que la mera apariencia de imparcialidad en estos procedimientos es suficiente para socavar la confianza del público, las víctimas y la comunidad internacional en la CPI.

Violación de los principios del Estatuto de Roma

El artículo 42(5) del Estatuto de Roma exige que el Fiscal no participe en actividades que puedan interferir con sus funciones o afectar la confianza en su independencia. La Fundación Arcadia ha resaltado que la relación familiar entre Khan y Alagendra viola este principio, constituyendo un claro motivo para la recusación. En este caso, la Fundación argumenta que existe una “duda legítima” sobre la imparcialidad del Fiscal, lo que es suficiente para justificar su apartamiento conforme al artículo 41(2) del mismo Estatuto.

Además, se alega que el Fiscal ha incumplido sus obligaciones éticas profesionales, tal como lo estipula el artículo 54(1)(a) del Estatuto de Roma, que requiere que las investigaciones se realicen de manera imparcial, teniendo en cuenta tanto las pruebas incriminatorias como las exculpatorias. La Fundación Arcadia advierte que la relación familiar compromete seriamente la capacidad del Fiscal para desempeñar esta función sin prejuicios.

Precedentes judiciales internacionales

El documento también menciona precedentes judiciales relevantes, tanto en la CPI como en otros tribunales internacionales. En el caso El Fiscal vs. Ngudjolo Chui (ICC-01/04-02/12), la CPI determinó que la mera apariencia de un conflicto de intereses era motivo suficiente para la recusación de un funcionario judicial, independientemente de que se haya demostrado un sesgo real. En el Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia (TPIY), en el caso El Fiscal vs. Anto Furundžija (ICTY-95-17/1), se subrayó la importancia de la imparcialidad percibida para mantener la integridad de los procedimientos judiciales.

Impacto en la confianza pública y en el proceso judicial

La Fundación Arcadia destaca que la independencia y la imparcialidad son fundamentales para la legitimidad de la CPI. La revelación del vínculo familiar entre el Fiscal Khan y la defensora de Maduro, Alagendra, no solo ha sido ampliamente cubierta por medios internacionales como The Washington Post, sino que ha erosionado la confianza pública en la capacidad del Tribunal para actuar con neutralidad. En un artículo publicado el 6 de septiembre de 2024, titulado “Maduro likely lost Venezuela’s election but refuses to leave. What now?”, The Washington Post informó sobre este conflicto de interés, exacerbando las preocupaciones sobre la imparcialidad del Fiscal en el caso Venezuela I.

Esta percepción pública de parcialidad es devastadora para la CPI, que debe ser vista como un baluarte de justicia y equidad, particularmente en casos que involucran acusaciones tan graves como crímenes contra la humanidad. La Fundación advierte que la falta de acción inmediata para resolver este conflicto podría tener repercusiones irreparables en la credibilidad del Tribunal y la confianza del público.

Solicitud de acción inmediata

Ante estos hechos, la Fundación Arcadia insta a la Presidencia de la CPI a tomar las siguientes medidas:

  1. Recusación inmediata del Fiscal: La Fundación solicita que el Fiscal Karim Khan sea apartado de todas las actuaciones relacionadas con el caso Venezuela I, de conformidad con el artículo 41(2) del Estatuto de Roma.
  2. Nombramiento de un fiscal independiente: Se requiere el nombramiento de un nuevo fiscal independiente para asegurar que la investigación y el enjuiciamiento continúen sin ningún sesgo o apariencia de conflicto de intereses.
  3. Investigación sobre violaciones éticas: La CPI debe abrir una investigación interna sobre si la falta de divulgación del conflicto de intereses por parte del Fiscal constituye una violación de sus obligaciones éticas bajo el Código de Conducta de la CPI.
  4. Declaración pública del Tribunal: Para restaurar la confianza pública en la imparcialidad del Tribunal, la Fundación insta a la CPI a emitir una declaración pública que aborde el conflicto de intereses y describa las medidas adoptadas para preservar la integridad del proceso.
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