Ofac vetó a navieras chinas y rusas en la logística venezolana: la "letra pequeña" de la licencia petrolera

Ofac vetó a navieras chinas y rusas en la logística venezolana: la "letra pequeña" de la licencia petrolera

El Departamento del Tesoro en Washington DC, EEUU. Foto: Cortesía

 

La Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro de Estados Unidos publicó este viernes 6 de febrero la guía regulatoria definitiva para la Licencia General 46, un documento que despeja las dudas operativas sobre el regreso del crudo venezolano a los mercados occidentales. La administración estadounidense estableció con precisión quirúrgica que el beneficio será exclusivo para «entidades estadounidenses establecidas», cerrando la puerta a compañías de maletín o de reciente creación al exigir que las beneficiarias estén constituidas bajo leyes norteamericanas antes del 29 de enero de 2025.

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El organismo regulador amplió significativamente el concepto de «petróleo de origen venezolano» para abarcar mucho más que el crudo pesado. La normativa permite expresamente la comercialización de productos refinados y subproductos acumulados en los inventarios de PDVSA, como gasolina, asfalto, coque y mezclas de betún.

Sin embargo, el Tesoro trazó una línea roja inquebrantable respecto al futuro de la industria: la licencia no autoriza ninguna actividad de exploración o producción nueva. Las empresas tienen prohibido taladrar pozos, realizar estudios geológicos o negociar contratos para desarrollar campos, debiendo limitarse estrictamente a levantar y exportar lo que ya fue extraído.

En un movimiento de alta ingeniería geopolítica, Washington diseñó un esquema que permite abastecer al mercado chino sin fortalecer a sus rivales globales. Las nuevas reglas prohíben terminantemente cualquier asociación operativa o logística con entidades controladas por China, Rusia, Irán o Cuba; es decir, ninguna naviera o aseguradora de estos países puede tocar la carga. No obstante, la OFAC introdujo una excepción comercial pragmática al aclarar que las empresas estadounidenses sí están autorizadas a revender ese petróleo venezolano y enviarlo a China, reconociendo la realidad de la demanda asiática pero controlando el flujo financiero y logístico desde Estados Unidos.

Para blindar la operación contra la corrupción y el financiamiento opaco, la OFAC impuso un esquema de pagos cerrado. Todo el dinero producto de estas ventas deberá depositarse en cuentas bloqueadas específicas o fondos de depósito gubernamentales supervisados, prohibiéndose el uso de criptomonedas como el Petro, oro o canjes de deuda. Además, se estableció una cláusula de soberanía jurídica obligatoria: cualquier contrato que se firme con PDVSA bajo esta licencia deberá estipular que las disputas se resolverán única y exclusivamente en tribunales situados dentro de los Estados Unidos.