
El director vicepresidente de Foro Penal, Gonzalo Himiob, advirtió este jueves 4 de junio a funcionarios del Estado venezolano sobre las posibles consecuencias legales derivadas de realizar traslados irregulares de presos políticos sin informar su paradero.
Por lapatilla.com
A través de una publicación en su cuenta de X, Himiob recordó que las autoridades tienen la obligación de notificar de forma clara el destino y situación de las personas privadas de libertad.
“A los funcionarios que están moviendo presos de un lado para otro se les recuerda que deben indicar y notificar con claridad cuál es su destino, situación o paradero”, escribió.
El abogado alertó además que omitir esta información podría configurar un delito contemplado en la legislación venezolana.
“Lo contrario puede llegar a constituir una desaparición forzada (Art. 180-A CP)”, agregó en el mensaje.
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La publicación estuvo acompañada por una imagen del artículo 180-A del Código Penal venezolano, el cual establece sanciones contra autoridades o funcionarios que priven ilegítimamente de libertad a una persona y se nieguen a reconocer la detención o informar sobre su paradero.
El texto legal señala que este delito puede ser castigado con penas de entre 15 y 25 años de prisión.
Asimismo, el artículo establece que el delito de desaparición forzada se considera continuado mientras no se determine el destino o ubicación de la víctima.
A los funcionarios que están moviendo presos de un lado para otro se les recuerda que deben indicar y notificar con claridad cuál es su destino, situación o paradero. Lo contrario puede llegar a constituir una desaparición forzada (Art. 180 -A CP) pic.twitter.com/nKEsZNRtIa
— Gonzalo Himiob S. (@HimiobSantome) June 4, 2026

