
El nuevo memorándum de USCIS (Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos) sobre ajuste de estatus (cambio de estatus migratorio dentro del país para acceder a la residencia permanente) no eliminó esa vía para obtener la tarjeta de residencia permanente en Estados Unidos, pero sí endureció el criterio de evaluación y amplió el margen de discreción de los funcionarios.
Por Infobae
La agencia emitió el documento el 21 de mayo de 2026 como memorándum de política PM-602-0199 y lo acompañó con un comunicado oficial del 22 de mayo de 2026, lo que reactivó dudas sobre si más solicitantes podrían ser empujados hacia el trámite consular.
La pregunta que se instaló con fuerza fue si el Gobierno pasaría a exigir, de manera automática, que todos los solicitantes de residencia salieran del país para completar el proceso. Con lo que surge de los textos oficiales, no hay una regla general que obligue a todos a abandonar Estados Unidos.
El Diario y Univision registraron que el temor creció por versiones que circularon en redes sociales y por la lectura expansiva del anuncio, pero coincidieron en que el ajuste de estatus no desapareció del marco legal.
Según le dijo a CBS News, cadena estadounidense de noticias, el portavoz de USCIS Zach Kahler, afirmó: “De ahora en adelante, un extranjero que esté en Estados Unidos de manera temporal y quiera una tarjeta de residencia permanente debe regresar a su país para solicitarla, salvo en circunstancias extraordinarias”.
El punto clave para los solicitantes es separar el anuncio público del alcance jurídico real: el ajuste de estatus sigue contemplado por la legislación federal de inmigración, pero USCIS dejó por escrito que su adjudicación no funciona como un paso automático y que, aun cuando alguien cumpla requisitos de elegibilidad, la aprobación depende de una evaluación caso por caso.
En la cobertura de El Diario, especialistas plantearon que la consecuencia más visible puede ser el aumento de exigencias probatorias y entrevistas, sobre todo en expedientes con historial migratorio complejo.
Qué dice el memorándum PM-602-0199 y qué cambia en la revisión
El memorándum de política PM-602-0199 se enfocó en la naturaleza discrecional del ajuste de estatus. El texto lo definió como un mecanismo de “extraordinary relief” (alivio extraordinario) en el sentido de que permite “dispense with the ordinary consular visa process” (prescindir del proceso consular ordinario de visa).
En otras palabras: según el razonamiento de USCIS, la regla del sistema migratorio es que la residencia se tramite mediante el circuito consular, y el ajuste dentro de Estados Unidos opera como una excepción.
El documento recordó que el ajuste se tramita bajo la Immigration and Nationality Act (Ley de Inmigración y Nacionalidad, INA) y, en particular, la sección 245. Allí, el verbo legal relevante es “may” (podrá), lo que habilita a la autoridad a aprobar o negar según su criterio.
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