El Supremo de España impone a Koldo una pena de 19 años de prisión

El Supremo de España impone a Koldo una pena de 19 años de prisión

Koldo García, el exasesor de José Luis Ábalos Europa Press

 

El Tribunal Supremo (TS) ha condenado a 19 años de prisión al exasesor de José Luis Ábalos por delitos de pertenencia a organización criminal, cohecho, tráfico de influencias y malversación de caudales públicos al dar por probado que Koldo García participó con un papel relevante en la “trama mascarillas” y que “era el fiel transmisor” de las decisiones del exministro de Transportes.

Por larazon.es





El alto tribunal mantiene así en prisión a Koldo García, que lleva en Soto del Real desde el pasado mes de noviembre, al considerar que el exasesor participó en el beneficio de las mordidas derivadas de la compra de mascarillas a Soluciones de Gestión, en la contratación de Claudia Montes en Logirail, en la contratación de Jesica Rodríguez en Ineco y Tragsatec, y en otras gestiones realizadas con Villafuel, la operadora del socio de Víctor de Aldama, con la que se acometió un fraude de 182 millones de euros; delitos de los que el Supremo no ha acordado la atenuación para el acusado.

Asimismo, el Supremo destaca el grave deterioro de la confianza ciudadana en el sistema político que provoca esta trama de corrupción, que además -alerta- socava la arquitectura democrática del Estado.

Según recoge la sentencia de 224 páginas, fue Santos Cerdán, quien recomendó al exministro de Transportes la contratación de Koldo García como su conductor en los desplazamientos que debía realizar por toda España, considerando que, más allá de un vínculo puramente profesional, “Koldo ofrecería también a José Luis Ábalos un compromiso militante y una plena disponibilidad a sus necesidades como nuevo Secretario de Organización del partido”.

Fruto de esa relación profesional, surgió un vínculo de “confianza” en el que Koldo fue, más que un asesor, un asistente personal del ministro, que manejó las distintas “fuentes de dinero en efectivo” de Ábalos.

Para el Supremo, esta trama de corrupción orquestada por Ábalos, Koldo y Aldama obedece a una “situación de colonización de las instituciones y empresas públicas, ampliamente perfilada por las acusaciones en sus informes, así como de otras tantas conductas llevadas a cabo por los aquí acusados, desde sus puestos de poder y/o influencia, muy alejadas del interés general que debía guiar su actuación, y que fue puesto al servicio de sus particulares y delictivos intereses”.

Aunque el alto tribunal ha absuelto a los tres condenados de los delitos de prevaricación y de inducción a la prevaricación, así como de un delito de uso de información privilegiada por los que habían sido acusados previamente, considera que no se puede apreciar una “circunstancia modificativa de responsabilidad” en el caso de Koldo García y su papel en la trama.

Según argumenta, el exasesor “ha mantenido un papel principal en la trama delictiva, se halla en la génesis de la organización criminal constituida, participa en el reparto de papeles de manera activa, influye decisivamente, con gestiones personales, en la adjudicación de contratos públicos, se encarga de “arreglar” la contratación de personas en entidades del sector público y solicita y gestiona la obtención de dádivas”.

El alto tribunal explica asimismo, que “su actividad no puede ser calificada de meramente secundaria o subordinada, respecto a José Luís Ábalos; si bien la intensidad del reproche penal no puede ser la misma, por ocupar posiciones funcionariales diversas”.

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