El artículo 43 de la Constitución de Venezuela establece que “El derecho a la vida es inviolable. Ninguna ley podrá establecer la pena de muerte, ni autoridad alguna aplicarla. El Estado protegerá la vida de las personas que se encuentren privadas de su libertad, prestando el servicio militar o civil, o sometidas a su autoridad en cualquier otra forma”.
Por Acceso a la justicia
Esta norma constitucional no es acatada por el Gobierno venezolano, más aún si los reclusos son dirigentes políticos de oposición enfermos que fueron detenidos mientras protestaban contra los abusos de poder desde Miraflores. De acuerdo con el Foro Penal, existen cuarenta y cinco casos de presos políticos cuyas vidas están en riesgo por falta de atención médica oportuna.
Esta situación ya cobró una vida, la del concejal de Guasdualito (Apure), Carlos García. Pero lejos de producirse una rectificación en quienes nos gobiernan, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), en lugar del Ejecutivo, emitió un comunicado en el que salva la responsabilidad de las autoridades por el deceso del también dirigente de Primero Justicia.
Acceso a la Justicia recopiló diez casos de veintisiete presos políticos cuyo estado de salud está más comprometido. Son también ejemplos de la situación precaria en la que se encuentran los reclusos en el país, manifestada en mala alimentación y falta de asistencia médica cuando se requiere, entre muchos otros problemas.