Este lunes el diputado y Presidente de la Comisión de Cultos y Régimen Penitenciario de la Asamblea Nacional, Richard Blanco, se refirió al aislamiento del que ha sido objeto, Daniel Ceballos en la sede del Helicoide, “exijo que los familiares y en especial sus hijos puedan verlo, es de conocimiento público que se encuentra detenido injustamente desde hace tres años”, señaló.
Nota de Prensa
En ese sentido y a razón de los 57 días continuos sin recibir ningún tipo de visita, precisó que lo justo es, “que Daniel sea liberado de ese aislamiento y pueda finalmente ver a sus familiares, que se le respeten sus derechos como ciudadano. Es en extremo injusto que desde el mes de septiembre no haya podido ver a sus hijos, privándolo del derecho a la visita. ¿Quisiéramos saber en qué se basaron para tomar esta medida? Estamos seguros que de evaluar el record conductual de Ceballos, no encontrarán nada que indique que merece tal castigo, ni prisión, porque no ha cometido jamás ningún delito, además de ser secuestrado, siguen violándole sus derechos”, apuntó.
“Cuando de violaciones al debido proceso hablamos no hay espacio para dudas, este es el clásico ensañamiento del régimen contra aquel que disiente, Daniel lleva en sus hombros la etiqueta de preso político y como ya lo ha dejado claro no se venderá, por el contrario se resistirá a los propósitos sórdidos del régimen en callar la voz de la razón. Desde la Comisión que presido le haremos un seguimiento muy especial a este caso. En el aparte de contacto con el mundo exterior, de las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos, expresa claramente que el privado de libertad debe contar con comunicación externa periódicamente y este derecho le está siendo violado de manera flagrante a Ceballos”, sentenció.
Blanco, informó que desde el seno de la Comisión Penitenciaria, desde hace dos años reposa un expediente contentivo de todos los detalles de su caso, “por si no lo saben, quiénes dicen administrar justicia en este país, este tipo de delitos violatorios de los derechos humanos, no prescriben y en la Comisión integrada en el parlamento, contamos con profesionales que nos les tiembla el pulso para determinar las causas que obliguen a los Centros Penitenciarios a aplicar este tipo de medidas, que deben verse originadas por un precedente conductual que desemboque en estas situaciones, destacando por supuesto, que las medidas correctivas deben respetar los derechos humanos de los privados de libertad, contemplado en tratados que tocan este aparte, que por lo general establecen entre otras cosas el modelo penitenciario que debe ostentar cada país, más aún en excepciones como los de Daniel Ceballos, que se trata de un hombre inocente”, sentenció.