
La senadora del Pacto Histórico, Martha Peralta, deberá permanecer detenida en instalaciones de la Dijín luego de que el Juzgado 21 de Familia negara la acción de hábeas corpus presentada por su defensa para obtener su libertad inmediata. La solicitud había sido radicada después de que la magistrada de la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia, Cristina Lombana, ordenara la privación de la libertad de la congresista con fines de indagatoria dentro de la investigación relacionada con el presunto saqueo a la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (Ungrd).
La decisión fue adoptada por la jueza Sandra Bernal, quien concluyó que la medida cuestionada fue emitida por una autoridad judicial competente y se encuentra respaldada por las disposiciones de la Ley 600 de 2000. En consecuencia, el despacho judicial rechazó el amparo solicitado por la defensa de la senadora y determinó que no se configuraban las condiciones exigidas para la procedencia del mecanismo constitucional.
El juzgado concluyó que la orden de captura tiene sustento legal
En el fallo, la jueza señaló que el hábeas corpus no puede ser utilizado como una instancia adicional para controvertir decisiones adoptadas dentro de un proceso penal ni como un mecanismo de control de legalidad ordinario frente a providencias judiciales.
LEE TAMBIÉN: Corte Suprema dejó detenida a senadora aliada de Petro tras comparecer por escándalo de corrupción
Dentro de la decisión quedó consignado que, “la orden de captura constituyó el ejercicio legítimo de una competencia legalmente atribuida al juez, previa valoración de los elementos de convicción obrantes en el expediente y con la correspondiente motivación jurídica, de manera que no puede calificarse como una actuación caprichosa o arbitraria, sino como una determinación adoptada en observancia del principio de legalidad y de las normas procesales que regulan la procedencia de las medidas de aseguramiento”.
Para leer la nota completa ingrese AQUÍ

